Algunas decisiones a tomar antes del cierre del ejercicio le pueden suponer un ahorro en él
Impuesto sobre Sociedades.
Abordamos a continuación algunos aspectos que le conviene recordar.
Diferir rentas al ejercicio 2025
Analizar si se pueden diferir rentas al ejercicio 2025, bien adelantando gastos del 2025 al 2024
o retrasando ingresos del 2024 al 2025, cumpliendo siempre los criterios de imputación
temporal.
Empresas emergentes
Si la sociedad tiene la condición de empresa emergente disfruta de una serie de beneficios
fiscales.
Tributación mínima
Si la sociedad tiene un importe de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros en el
periodo impositivo anterior, el tipo de gravamen aplicable será del 23%.
Operaciones con precio aplazado
Las rentas se entienden obtenidas proporcionalmente a medida que sean exigibles los
cobros, salvo que la entidad decida aplicar el criterio de devengo, y no cuando se produzca
el cobro.
Amortizaciones
Conviene revisar si existe la posibilidad de aprovechar al máximo este gasto para rebajar la
base imponible.
Aspectos a tener en cuenta en 2024:
Inversiones en energía renovable, se establece la libertad de amortización con un máximo de
500.000 € en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables.
En los vehículos eléctricos se permite la libertad de amortización de determinados vehículos de
este tipo.
Valoración de existencias
La posibilidad de optar por diferentes métodos de valoración de existencias es una manera de
influir en el resultado.
Gastos no deducibles
Se deben identificar los gastos contables que no son fiscalmente deducibles a fin de practicar
los ajustes extracontables oportunos.
Reserva de capitalización
Esta figura se contempla para incentivar la reinversión y la capitalización de las sociedades.
Exención sobre dividendos y rentas derivadas de la transmisión de valores representativos
de fondos propios
Tratándose de participaciones en entidades que no tengan su residencia fiscal en territorio
español hay que verificar que se cumplan los requisitos para su aplicación.
Al igual que los dividendos percibidos por entidades residentes, el importe que resultará
exento será del 95% de dicho dividendo o renta.
Reserva de nivelación
La reserva de nivelación como incentivo fiscal para las entidades de reducida dimensión, que
permite una reducción de la base imponible.
Deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades
El límite máximo de las deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades
es del 25% o del 50% depende de las condiciones.
Entidades en régimen de consolidación fiscal
Con efectos para los periodos impositivos que se iniciaron en 2023, en el régimen de
consolidación fiscal, para determinar la base imponible consolidada del grupo no se incluyo
el 50% de las Bases imponibles negativas individuales de las entidades del grupo que será
compensado en años sucesivos a partir del 2024.